(Cuarta y última parte) ¿Qué beneficios obtengo al registrar mi marca o slogan? En los tres artículos previos escribí sobre la protección, la exclusividad y la territorialidad como beneficios que se obtienen al registrar una marca o slogan. He decidido cerrar esta serie con esta cuarta nota, no por el hecho de que no haya más beneficios sobre el registro, si no porque considero que los demás beneficios que pudiéramos mencionar son una consecuencia e interrelación de estos cuatro. Habiendo planteado lo anterior abordare como beneficio el que usted pueda incorporar el símbolo R, “M.R”, o la leyenda “marca registrada” a su marca o slogan de productos o servicios. ¿Tanto rollo para poner un símbolo a un costado de una marca? Pues sí, ya que debemos de considerar este símbolo o siglas como el trofeo que todo ganador quiere levantar en manos, haciendo gala y dando noticia de que él es el único que logró obtener ese reconocimiento, y para el caso de las marcas y slogans es este símbolo el que anuncia a todo público de la exclusividad por registro sobre esa marca o slogan. ¿Pero que no se había ya hablado de la exclusividad? Si, sin embargo este símbolo tiene una gran importancia en el desarrollo y estabilidad de una marca o slogan, y es por esta razón que es merecedor de mención aparte y en esta nota. Por dar un ejemplo, el hecho de omitir este símbolo R, las siglas “M.R” o la leyenda “marca registrada” a un costado de su marca, le puede generar complicaciones al momento de exigir sus derechos. Pero este tema lo abordaremos en una nota diversa referente a las obligaciones. Alguien pudiera decir: “Pues mejor le pongo el símbolo a mi marca y me evito invertirle dinero pa´ registrarla”. Respetable forma de pensar aunque la más desatinada, ya que el hecho de que alguien ocupe el símbolo R, las siglas “M.R.” o la leyenda “marca registrada” sin que lo esté, se puede hacer acreedor a una multa por parte del IMPI que asciende a veinte mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, algo así como a $1´402,000.00 (un millón cuatrocientos dos mil pesos en moneda nacional). Así que, si usted conoce al “primo de un amigo” que tiene grandes ideas como esta mejor infórmele. El IMPI será la autoridad encargada de imponer esa multa, a quien sin tener registrada una marca utilice el símbolo R, las siglas “M.R.” o la leyenda “marca registrada”. Y para que el IMPI actúe lo puede hacer de oficio, o por aviso de alguien (llámese su competencia) que “amablemente” quiere que usted se ponga en regla. Habiendo expuesto lo anterior, es por lo que considero que también es un beneficio el poder ostentar junto a su marca, este pequeño símbolo R que le da a su marca una gran fuerza, y que no cualquiera puede usar. Para que usted no tenga contratiempos y sufra pérdidas en tiempo y dinero, si usted tiene dudas, o simplemente desea consultar aspectos más técnicos o legales sobre su marca o slogan, consúltenos y con gusto le atenderemos. Nosotros sabemos lo importante y valiosos que son sus intangibles (marcas y slogans). Consulte las promociones que tenemos para usted. MarcayRegistra.com , servicio confiable para emprendedores y empresas. Otras publicaciones por mes:
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