Registro de marcas ante el IMPI
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(Tercera Parte) ¿Qué beneficios obtengo al registrar mi marca o slogan?

30/5/2015

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¿Qué beneficios obtengo al registrar mi marca o slogan? (Tercera parte)


En los artículos previos abordamos dos de los beneficios que se obtienen cuando se registra una marca o slogan: la protección y la exclusividad. Pero ¿en qué lugares gozo de estos?

Desde luego existe un ámbito de aplicación para el uso exclusivo y la protección, por eso en esta nota hablaremos de la territorialidad.

Y para fines prácticos, entendamos al territorio como el ámbito geográfico perfectamente delimitado, en donde será exigible la protección del uso exclusivo que usted gozará por ese Título de Registro de Marca o Slogan. Es decir, el lugar donde usted gozará de los beneficios y su protección.

Y es que ¿cómo se pudiera concebir la protección sin tener la certeza del lugar que abarca tal protección? Efectivamente los Registros de Marcas y slogans, no son la excepción.

En México, los Títulos de registro que otorga el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) brinda protección en TODO EL TERRITORIO MEXICANO.

¿Oiga pero yo pensaba que con ese registro en México yo obtenía una protección internacional? Pues no es así, la protección que brinda el Estado Mexicano es para su territorio. Así que, cada país que le otorgue protección a su marca será solo para ese territorio, y a través de un estudio totalmente independiente a su solicitud, y con el pago de las respectivas tarifas que ese país cobra, sí, cada país tiene diferentes costos, dicho de otra manera a cada País donde se desee la protección hay que solicitarla y pagar por ello.

Imaginemos que usted solicito el registro de su marca en México para los servicios o productos X, pero usted está programando entrar con sus productos o servicios a algún país en particular, pongamos por ejemplo Madagascar, pues bien, esa marca para ese producto o servicio X debe de ser solicitada a registro en Madagascar para obtener la protección de su marca en ese país.

Existe un mecanismo internacional del que forman parte 95 miembros (países y organismos) , y por el cual se puede solicitar su marca a registro y protección en esos países con motivo de la solicitud que se haga en México. Pero eso será de acuerdo a su estrategia comercial para sus marcas, y al capital que tenga para hacer la inversión correspondiente para los registros en otras latitudes.

Ahora recordemos un poco el supuesto que expuse en la primera parte de este artículo, en donde hay personas que andan sondeando qué marcas llegarán a México para “secuestrarlas”, pues de la misma forma hay “depredadores” en otras latitudes esperando la misma oportunidad, o, puede ser que se encuentre ya registrada por alguien más o qué exista similitud en grado de confusión, recuerde que esa marca suya será sometida a un estudio muy independiente del que ya pasó en México.

Tengamos presente que cada País es soberano, y no está obligado a otorgarle a usted ese registro por el solo hecho de que usted ya la haya obtenido en México, o aquel que ya la obtuvo en su País de origen no es obligatorio para México otorgársela por ese solo hecho.

Quizá en una forma breve y sencilla, se trata el tema de la territorialidad, ya que existen cuestiones técnicas y jurídicas que deben ser analizadas en lo particular para cada caso.

Para que usted no tenga contratiempos y sufra pérdidas en tiempo y dinero, si usted tiene dudas, o simplemente desea consultar aspectos más técnicos o legales sobre su marca o slogan, consúltenos y con gusto le atenderemos. Nosotros sabemos lo importante y valiosos que son sus intangibles (marcas y slogans). Consulte las promociones que tenemos para usted.

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(Segunda parte) ¿Qué beneficios obtengo al registrar mi marca o slogan?

5/5/2015

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(Segunda parte) ¿Qué beneficios obtengo al registrar mi marca o slogan?


En la primera parte de este artículo empezamos hablando acerca de la protección, como uno de los beneficios que le reporta a usted el registrar su marca o slogan. Esa protección, solo puede ser concebida por el hecho de que exista un derecho que proteger. Como el derecho de usar, explotar y disponer de su marca o slogan de manera exclusiva.


Entonces otro de los beneficios que obtendrá al registrar su marca es la Exclusividad, concebida como aquello que pertenece únicamente a alguien.


Esta exclusividad es en realidad lo que le da la razón de ser a los Títulos de Registro, ya que sin ella carecería de todo sentido todo éste sistema de apropiación de derechos sobre marcas y slogans. Es decir, que caso tendría un sistema de registro y protección para marcas y slogans que permitiera registros de marcas iguales o parecidas.


La exclusividad de principio atiende a que, al obtener ese Título de Registro para México otorgado por el IMPI, le garantiza que no habrá en México otra marca sea mexicana o extranjera, que goce de registro por ser igual o semejante en grado de confusión con la que usted ya registró para los productos o servicios que abarca su marca y que usted eligió.


Y como hablamos de exclusividad, será por un periodo de 10 años. Pero no se alarme, la exclusividad se puede renovar por periodos iguales de 10 años cada que van concluyendo.


Como propietario de esa exclusividad, le brindará beneficios económicos diversos.


Permítame llevarlo a algún momento en el futuro, en donde su marca se encuentre posicionada a tal grado, que alguien interesado vea con buenos ojos su marca para comercializarla, en ese momento usted podrá licenciar su marca, es decir, que usted podrá recibir una suma de dinero por permitir que ese interesado use su marca, con las condiciones que propiamente ustedes establezcan.


Este es un claro ejemplo de una estrategia de marca, donde le permitirá expandir el campo comercial de su marca, sin que usted tenga que realizar las fuertes inversiones que representa ampliar su presencia y llegar a diversas latitudes, fortaleciendo su posicionamiento con el solo hecho de licenciar su marca.


Otra de las grandes ventajas es, que usted podrá vender esa marca, ya sea por alguna razón comercial o simplemente porque le han llegado al precio, teniendo la posibilidad de transmitir completamente los derechos de marca a ese alguien interesado.


Cambiemos un poquito la tónica, ahora nos iremos a otro momento en el tiempo en donde  alguien está usando su marca, pero sin su consentimiento. Entonces a través de esa exclusividad de la que usted es propietario, podrá demandar los daños que le hayan ocasionado, así como el perjuicio ocasionado por las ganancias que usted ha dejado de
percibir.



Y como las marcas son bienes intangibles, pero al fin bienes, las marcas pueden ser un instrumento para garantizar algún tipo de crédito, desde luego tomando en consideración el respectivo avalúo comercial.


O después de todas estas ventajas plasmadas líneas arriba, usted simplemente quiere exclusivamente la marca para sí, eso es exclusividad.



En la tercera parte abordaremos otros beneficios que se obtienen al registrar su marca o slogan.

Si usted tiene dudas, o simplemente desea consultar aspectos más técnicos o legales sobre su marca o slogan, consúltenos y con gusto le atenderemos. Nosotros sabemos lo importante y valiosos que son sus intangibles (marcas y slogans). Consulte las promociones que tenemos para usted.

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    "Martes de Marcas"
    
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    Derechos Reservados

    Autor:
    Alberto Robledo Tinahui.

    Mexicano de nacimiento. Licenciado en Derecho por la Universidad FrancoMexicana; Abogado registro de marcas,  Consultor en "marcayregistra.com"; brinda asesoría en Registro de Marcas y Avisos Comerciales; árduo promotor en el fomento de la Propiedad Industrial como herramienta competitiva.


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